Saltar al contenido

Modificación de los precios de Boletos Turísticos será anunciada con un año de anticipación

Notiviajeros.com
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó hoy el Reglamento del Boleto Turístico (BT), que señala que su valor y vigencia será determinado por el Comité de Coordinación del BT (CCBT) y cualquier modificación deberá ser publicada en el diario oficial entrando en vigencia a los 12 meses de su publicación.

Según el decreto supremo del Mincetur publicado hoy, que aprueba el reglamento, el CCBT podrá establecer tarifas preferenciales para estudiantes, discapacitados y personas de la tercera edad.

Cada edición del BT será efectuada por el órgano competente del Ministerio de Cultura en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes; y cada boleto deberá indicar claramente en su texto, la clase de boleteo de cobertura del servicio, el valor y la vigencia de su uso.

Las agencias de viajes están obligadas a comprar los Boletos Turísticos Internacionales del Ministerio de Cultura, con la finalidad de llevar un control debido y registro de los mismos.

Los Boletos Turísticos Parciales (BTP) serán comercializados única y exclusivamente en cada centro turístico o en el Ministerio de Cultura.

La distribución mensual de lo recaudado por los BT será efectuada por el Ministerio de Cultura, y se realizará en forma coordinada entre las entidades involucradas.

Los recursos serán destinados en el caso de las municipalidades a la conservación y acondicionamiento de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados en su jurisdicción, para ello las municipalidades deberán presentar un proyecto que sustente la conservación y el acondicionamiento de los citados bienes.

El Ministerio de Cultura distribuirá recursos, que le corresponden, entre el Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, instituciones que están encargadas de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia.

Los Boletos Turístico del Cusco (BTC) tendrán cinco categorías: BTC Integral, BTC Integral para Estudiantes Extranjeros, BTC Integral para Turistas Nacionales, BTC Integral para Estudiantes Nacionales y BTC Parcial.

La Ley de Boleto Turístico establece las condiciones que permiten la creación de boletos turísticos en los distintos departamentos del país y la distribución por los ingresos en las zonas, monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrales del patrimonio cultural de la nación de propiedad pública.

El Circuito Turístico Cañón del Colca, Salinas, Aguada Blanca y Valle de los Volcanes, cuya promoción y explotación fue declarada de interés nacional y necesidad pública, continuará regido por dicha norma.